Durante el periodo vacacional, aumenta en gran medida el número de desplazamientos por nuestras carreteras. Y ya sabemos que esto significa una mayor probabilidad de toparnos con radares en nuestros viajes.
Respetar los límites de velocidad resulta fundamental para nuestra seguridad y la del resto de conductores y viandantes. Por ello, los controles de velocidad tratan de disuadirnos y no exceder la velocidad permitida.
En nuestras carreteras podemos encontrar hasta tres tipos diferentes de radares: fijos (situados en arcenes, detrás de pórticos, etc.), móviles (instalados en otros vehículos y helicópteros) y de tramo. Éstos últimos son capaces de medir la velocidad entre dos puntos. Lo cierto es que Euskadi es una de las comunidades con mayor cantidad de radares, a diferencia de Navarra o Extremadura, que son dos de las regiones con menos aparatos instalados. En total, hay más de 900 radares en todo el Estado entre fijos y de tramo. Una cifra que podría casi doblarse si tenemos en cuenta los móviles.
Un debate recurrente es la señalización o no de los radares. En el caso de los fijos, deben estar señalizados obligatoriamente ya que obtienen imágenes de los usuarios y por ley deben de avisarlo. En cambio, sobre los móviles, la normativa es más laxa, aunque suelen de colocarse paneles cercanos al lugar donde se encuentran.
Por otra parte, los radares fijos situados en pórticos sólo pueden controlar la velocidad de aquellos vehículos que circulan por dicha dirección y no por la otra. Eso sí, son muy resistentes a las inclemencias climatológicas. Es cierto que en situaciones de mucha niebla o lluvia/nieve extremadamente intensa, pueden tener dificultades para obtener buenas imágenes, pero son capaces de mantenerse operativos con temperaturas extremas: de -10º a más de 50º.
Actualmente, la DGT (Dirección General de Tráfico) se encuentra en un proceso de actualización del software de estos aparatos para que sean capaces de distinguir entre diferentes tipos de vehículos, ya que las sanciones tienen una aplicación u otra dependiendo de los límites de velocidad establecidos para coches, camiones, motos, autobuses, etc.
Tolerancia 7: ¿mito o realidad?
La DGT implementó hace años una estrategia sancionadora que permite castigar a aquellos conductores que circulen a una velocidad a partir de 7 km/h por encima del límite existente, en aquellas vías cuyo límite de velocidad no supere los 100 km/h. Por ejemplo, en una carretera cuyo límite sea 80km/h, un radar sancionará a los vehículos que se mueven a partir de los 87 km/h.
Además, en autopistas o autovías cuyos límites de velocidad sean de 110 o 120 km/h, se aplica el margen de error del 7%. Es decir, cuando el límite es de 120 km/h, se castigará a partir de los 128,4 km/h.
Debemos de tener en cuenta que el velocímetro de nuestro coche contará siempre con un error de medición de la velocidad puntual. Un error muy pequeño, pero que dará una velocidad algo superior a la que realmente estamos circulando.
Sabemos que el 60% de las multas de tráfico se producen por excesos de velocidad. Y en los accidentes mortales, una velocidad excesiva es siempre un factor determinante. El respeto de los límites establecidos puede ser garantía de nuestra seguridad y la del resto. Recuerda: lo importante es llegar a tu destino y disfrutar de unas merecidas vacaciones.